miércoles, 19 de noviembre de 2008

Los ayuntamientos se lanzan al cobro de más impuestos a los promotores inmobiliarios

El matrimonio de conveniencia de los promotores y los alcaldes ha durado lo mismo que el boom de la vivienda. El fin de los beneficios inverosímiles y el "hasta pronto" de la demanda han llevado a los constructores a eliminar grasa, vigilando hasta el último céntimo de los costes de sus promociones, en busca de rentabilidad.

Al tiempo, los ayuntamientos sondean varias estrategias para recuperar el dinamismo recaudatorio, ya que el desplome del mercado residencial ha minado sus arcas. Se les rompió el ladrillo de tanto usarlo.

La última tentativa del poder local puede desembocar en un nuevo aluvión de litigios entre ambas partes. Los ayuntamientos se han lanzado a la revisión al alza de los presupuestos de ejecución de obras de los promotores, para, así, exigirles un bocado mayor de impuestos.

Al incrementar el peritaje de los costes, arguyendo que no se ajustan a la realidad urbanística de la obra en cuestión, los consistorios podrían girar nuevas liquidaciones complementarias del Impuesto de construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y de las tasas por expedición de licencias urbanísticas o prestación de servicios, tributos imprescindibles para la edificación.

Pese a su heterodoxia, esta práctica se está popularizando en los últimos meses. De hecho, en la Comunidad de Madrid varias empresas dedicadas a la prestación de servicios locales "que prefieren mantener el anonimato" se han lanzado a asesorar a los ediles de localidades pequeñas y medianas.

Las fuentes jurídicas consultadas por EXPANSIÓN confirman esta nueva tendencia impositiva. Antonio Ñudi, socio de Urbe Asesores, asegura: "Muchos ayuntamientos ni siquiera sabían que podían reabrir el presupuesto de ejecución de obras de los promotores para revisarlos al alza".

En la otra esquina de la contienda, los constructores tienen dos opciones. La primera es apechugar y plegarse al nuevo pago fiscal, para evitar contratiempos de peores consecuencias. En una época en la que la falta de liquidez y la dificultad para vender pisos apremian, ésta puede convertirse en la única opción para las inmobiliarias.

Pero hay una segunda opción: recurrir la decisión del ayuntamiento por la vía de lo contencioso-administrativo, con el consiguiente retraso para el saneamiento de las cuentas de unos y otros. En ese caso, se elaboraría un nuevo peritaje, determinado por un juez.

Hasta el estallido de las turbulencias subprime y la consiguiente merma de la financiación de proyectos urbanísticos, las promotoras habían satisfecho sin problemas algunas de las peticiones más heterodoxas del poder local, que concentra la facultad urbanística en España.

Planes parciales
De hecho, durante los años de bonanza, para no perder tiempo, y conservando altos beneficios, las empresas pagaban el ICIO y las tasas por servicios urbanísticos en la tramitación y aprobación de planes parciales y en los proyectos de urbanización o de reparcelación que contemplaban dichos planes.

Pero, a principios de este año (ver EXPANSIÓN del 15 de febrero) abrieron una batalla legal contra los ediles que los exigían. Ahora ambas partes están condenadas a entenderse, ya que los despidos colectivos y los concursos de acreedores acechan a los ayuntamientos y a las inmobiliarias. ¿Quién ganará el pulso?

La nueva Ley de Suelo ya dio pie a polémicas interpretaciones
En plena crisis inmobiliaria, los ayuntamientos buscan cualquier rendija para que puedan respirar sus maltrechas arcas. Algunos incluso pretenden aprovecharse de la nueva Ley de Suelo para insuflar oxígeno a sus cuentas, intentando exigir un 15% de cesión de suelo para dotaciones a los promotores, como ya adelantó EXPANSIÓN el 2 de julio.

La Ley de Suelo, en su artículo 16, establece que la cesión de suelo para aprovechamiento dotacional "no podrá ser inferior al 5% ni superior al 15%", aunque podrá permitir "excepcionalmente" alcanzar un máximo del 20%.

La confusión de los ayuntamientos que quieren forzar a los promotores a cederles más suelo proviene de la disposición transitoria segunda de la norma. Ésta establece que las autonomías tienen un año para "establecer las reglas precisas" sobre actuaciones de dotación.

Si se incumplía este precepto, "el instrumento de ordenación [ayuntamiento] delimitará las nuevas dotaciones". Sin embargo todas las regiones que facilitan información mantienen el porcentaje tradicional de aprovechamiento (10%), menos Cantabria (15%) y Cataluña (10% en general y 15% en áreas residenciales estratégicas).

Además, Castilla-La Mancha ya prepara una reforma al respecto. Por lo tanto, sólo los ayuntamientos de estas zonas podrían exigir la cesión de tan elevado porcentaje de terrenos para viales, espacios libres y zonas verdes, entre otras actuaciones.

Fuente: Expansión

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